Gobierno propone nueva versión de proyecto de jornadas 4/3

PROPUESTA DETALLA LAS ACTIVIDADES EN LAS QUE SE PERMITIRÍAN JORNADAS EXCEPCIONALES

El Gobierno propuso este lunes una nueva versión del proyecto de ley que busca autorizar jornadas laborales excepcionales de 12 horas 4 días a la semana y 3 días de descanso, siempre y cuando se respeten los límites semanales de 48 horas en la jornada diurna, 42 en la mixta y 36 en la nocturna.

El texto sustitutivo fue enviado por la ministra de Trabajo, Marta Eugenia Esquivel, a la Asamblea Legislativa para su conocimiento y discusión.

Los cambios que plantea el Poder Ejecutivo básicamente son tres: 1) se detallan las actividades en las que se podrían aplicar las jornadas laborales excepcionales, 2) se refuerza una salvaguarda a favor de los trabajadores que opten por el nuevo esquema y 3) se garantiza el pago de horas extra.

Según la nueva versión, se podrían implementar las jornadas ampliadas de trabajo para las actividades industriales o empresariales que, como excepciones muy calificadas, requieran de procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas de trabajo para desarrollar sus labores.

Estas actividades productivas deberán estar relacionadas con:

  • Manufactura tecnificada (procesos productivos que requieren de maquinaria para su producción y que, por su naturaleza, necesitan procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas diarias para garantizar su operación).
  • Industria de implementos médicos en ciencias de la vida humana y animal que también requieran procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas diarias.
  • Servicios de apoyo necesarios para atender las actividades anteriores.
  • Servicios corporativos que, por su naturaleza, requieran procesos continuos e ininterrumpidos de 24 horas para garantizar su operación en las diferentes zonas horarias geográficas del país.

Los requisitos que deberán cumplir las empresas que desarrollen esas actividades tendrán que ser establecidos mediante reglamento.

La propuesta también indica que se podrán implementar jornadas excepcionales anualizadas diurnas, mixtas o nocturnas para actividades de turismo, comercio, construcción, agricultura y agroindustria, que resulten ser excepcionales y muy calificadas, porque implican trabajos estacionales y de temporada. Pero siempre y cuando no sean insalubres ni peligrosas.

  • Turismo: actividades hoteleras, servicios de transporte, servicios de guías turísticos y demás actividades descritas en los perfiles ocupacionales definidos por el Consejo Nacional de Salarios.
  • Agricultura y agroindustria: sector agrícola en el ámbito vegetal y animal, ganadero, silvícola, pesquero, acuicultura, hidroponía y demás actividades descritas en los perfiles ocupacionales definidos por el Consejo Nacional de Salarios.
  • Construcción: remodelación, reparación y construcción de edificios, carreteras, calles, puentes y demás actividades descritas en los perfiles ocupacionales definidos por el Consejo Nacional de Salarios.
  • Comercio: actividades de establecimientos destinadas a satisfacer necesidades de hogares, empresas, instituciones en materia de salud, centros de estética, gimnasios, peluquerías, actividades educativas y de formación, y demás actividades en los perfiles ocupacionales definidos por el Consejo Nacional de Salarios.

En la propuesta, se incluye una salvaguarda para que los trabajadores que migren a las jornadas laborales ampliadas 4/3 tengan la posibilidad de volver al esquema de jornadas ordinarias (8 horas diarias) en un plazo de tres meses, en el caso de que no les convenga o no se adapten a las jornadas ampliadas.

También se garantiza el reconocimiento del pago de horas extra a quienes se pasen a las jornadas laborales ampliadas.

El proyecto de ley consiste en una reforma a los artículos 136, 142, 144 y 145 del Código de Trabajo, con el propósito de actualizar las jornadas laborales y resguardar los derechos de los trabajadores.

 

Fuente: CRHoy